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Servicios digitales de Sunarp: Primera institución pública en implementar pagos con código QR

Está vigente el pago con código QR para varios servicios registrales a nivel nacional. Esta es nueva opción para efectuar los pagos, pues la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en coordinación con la empresa de cobros virtuales Niubiz, ha incorporado el código QR en las esquelas de liquidación de títulos de los registros de Propiedad Inmueble, Personas Jurídicas, Personas Naturales y Bienes Muebles, cuya presentación se haya realizado de manera presencial o electrónica, Sistema de Publicidad Registral en Línea (SPRL). De esta manera, la Sunarp se convierte en la primera entidad del Estado en implementar el pago de sus servicios a través de la billetera electrónica de los usuarios.

De acuerdo con la Resolución N° 078-2020-SUNARP/SN, el usuario podrá acceder, a través de la plataforma virtual ‘SIGUELO’, al Código QR de la esquela de liquidación, hacer una captura o tomar una fotografía del mismo y pagar los derechos registrales mediante su billetera electrónica (Yape, Lukita, Plin, etc.), simplificando la cancelación de los derechos registrales y haciéndolo más seguro y rápido.

Certificados positivos y negativos de testamentos

Está vigente la emisión a nivel nacional- los certificados positivo y negativo de inscripción de testamento, con firma electrónica y código de verificación, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). Con ello, los usuarios podrán tramitar, pagar y recibir esta publicidad compendiosa sin necesidad de acudir a una oficina registral, evitando poner en riesgo su salud, la de sus familiares y cumpliendo la cuarentena dispuesta por el Gobierno Central.

Los usuarios pueden acceder al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) mediante la página web de la Sunarp (www.sunarp.gob.pe) o la aplicación móvil App Sunarp. Para ello, deben crear un usuario y pagar con tarjeta de débito o crédito Visa.

A partir del 1 de julio se ampliará la atención al público en general, de 10.00 am a 7.00 pm, previa cita, de los servicios de inscripción en los Registros de Personas Jurídicas, Personas Naturales, Bienes Muebles y Derechos Mineros de la Zona Registral N° IX-Sede Lima, en las oficinas de Rebagliati y Bienes Muebles (Jesús María). Respecto a los servicios de inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble estos serán prestados a partir del próximo 6 de julio.

*SIN CITA PREVIA en la Oficina de Bienes Muebles (Jesús María), el público en general podrá acceder, sin cita previa, cuando se trate de los siguientes actos: cambios de características vehiculares, actos referidos al registro de Naves, Aeronaves y Embarcaciones, Pesqueras, publicidad registral (duplicado de Tarjeta de Identificación Vehicular), así como para acceder a las áreas de Mesa de Partes y Trámite Documentario.

Oficinas Registrales en Cañete, Santa Anita y Lima Norte:

·         Oficina Registral de Cañete, atenderá de 8.30 am a 1.00 pm, sólo para la atención de títulos, provenientes de entidades públicas, notarios y Poder Judicial de todos los registros jurídicos. Respecto al Registro de Propiedad Vehicular, se permitirá la presentación de títulos por parte de las empresas importadoras, ensambladoras o fabricantes de vehículos, a través de sus respectivos gestores o los gestores de sus concesionarios. También se puede realizar el trámite de búsqueda catastral, de manera presencial para entidades públicas en el marco de sus proyectos de inversión. Las citas se pueden coordinar a través del correo citascanete_lima@sunarp.gob.pe

·         Oficina Registral de Santa Anita, atenderá de 8.30 am a 1.00 pm, para el recojo de publicidad registral y Tarjetas de Identificación Vehicular, previa coordinación de cita mediante el correo citassantaanita_lima@sunarp.gob.pe

·         Oficina Registral de Lima Norte, atenderá de 8.30 am a 1.00 pm, para recojo de publicidad registral y Tarjetas de Identificación Vehicular, previa coordinación de cita mediante el correo citaslimanorte_lima@sunarp.gob.pe

La publicidad registral se continuará brindando, exclusivamente, a través del Sistema de Publicidad Registral en Línea (SPRL) y de la App Sunarp con todos los servicios disponibles. Excepcionalmente, las solicitudes de búsqueda catastral formuladas por entidades públicas en el marco de proyectos de inversión, notarios o Poder Judicial sí serán atendidas en estas sedes, de manera presencial (física).

Las citas para la atención de los siguientes servicios deben gestionarse a través de los siguientes enlaces:

·         citasnotario_lima@sunarp.gob.pe: Para la atención en el Diario, Mesa de Partes y Caja en la Oficina Registral de Lima-Sede Rebagliati, proveniente de notarías.

·         atenciondefensor_lima@sunarp.gob.pe: Para la atención en el Diario, Mesa de Partes y Caja en la Oficina Registral de Lima-Sede Rebagliati, proveniente de entidades públicas y público en general.

·         citasinmatriculaciones_lima@sunarp.gob.pe: Presentación de títulos para la inmatriculación de vehículos en el Registro de Bienes Muebles.

·         rpvcitasnotarios_lima@sunarp.gob.pe: Presentación de títulos inscribibles en el Registro de Bienes Muebles proveniente de notarías.

Sistema de Intermediación Digital para las Municipalidades (SID-Municipalidades)

El Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Harold M. Tirado Chapoñan, anunció que están coordinando con los gobiernos locales la puesta en funcionamiento del Sistema de Intermediación Digital para las Municipalidades (SID-Municipalidades), plataforma virtual que facilitará la realización de trámites de carácter registral en el ámbito municipal, tales como la emisión de certificados de numeración y jurisdicción, así como la inscripción de separaciones y divorcios. Con la implementación de este nuevo servicio se busca prescindir del uso del papel y gracias al empleo de la firma digital, prevenir la falsificación documentaria; además, mediante el acceso a este canal digital, se evita que el ciudadano acuda a una oficina registral.

“Otro de los beneficios del SID es garantizar una mayor rapidez en el procedimiento registral”, señaló el titular de la Sunarp durante la primera reunión virtual entre su institución y los presidentes de las Mancomunidades de Lima y el presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), actividad en la cual se presentaron los servicios registrales digitales que ha implementado la Sunarp durante el periodo de emergencia nacional.

 Transferencia e hipoteca de múltiples predios

A través de la Resolución N°076-2020-SUNARP/SN, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la implementación en el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) de la tramitación integral del procedimiento registral de la transferencia de propiedad y constitución de garantía hipotecaria en el Registro de Predios, referidas a varios predios inscritos y a la transferencia de acciones y derechos.

De acuerdo con lo dispuesto por la Sunarp, a partir de la fecha, se podrá inscribir, a través de la plataforma digital, los actos antes indicados cuando estén vinculados a más de cuatro predios, así como la transferencia del total o de un porcentaje del predio; es decir, si una vivienda pertenece a varios propietarios, cada uno podrá registrar la parte que le corresponde de manera virtual.

 “Con esta medida se busca dinamizar el sector inmobiliario y brindar una alternativa formal a las asociaciones de vivienda o los propietarios de espacios no independizados que antes no podían inscribir sus propiedades a través del SID-Sunarp, por una cuestión formal”, apuntó el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Harold M. Tirado Chapoñan.

*RECORDATORIO IMPORTANTE: A través de las Resoluciones N° 306-2018-SUNARP/SN y N° 046-2020-SUNARP/SN, la Sunarp autorizó la tramitación electrónica de títulos mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID- Sunarp) para los actos de compraventa, donación, dación en pago, anticipo de legítima, permuta, transferencia de dominio por sucesión intestada y la constitución de hipoteca en el Registro de Predios, pero se establecieron límites formales referidos a: (i) solo hasta cuatro predios inscritos. (ii) transferencias correspondientes a una misma oficina registral. (iii) no comprende la transferencia de cuotas ideales. Dicha limitación, de orden formal, buscaba propiciar la aplicación de plazos especiales en la calificación de títulos electrónicos que no revistan mayor complejidad.

Dado que las disposiciones extraordinarias adoptadas por el Gobierno Central durante el periodo de emergencia nacional están orientadas a que las entidades de la administración pública ejecuten medidas prioritarias para virtualizar y habilitar la digitalización de trámites, se justifica la eliminación de todo tipo de restricción técnica o formal que impida el acceso al registro de un título electrónico que contiene actos inscribibles por un supuesto que no sea estrictamente de orden sustancial o jurídico.

Inscripción de vehículos nuevos

Se inició el reinicio de la presentación del acto de inmatriculación de vehículos en el Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral N° IX-Sede Lima, para todos aquellos ciudadanos que requieran este servicio. En ese sentido, solo el pasado 5 de junio, fecha de reapertura, se lograron ingresar 540 títulos.

Debido a que este acto solo se puede realizar de manera presencial, se ha establecido un sistema de coordinación de citas con la finalidad de evitar aglomeraciones que transgredan las disposiciones relacionadas con el aislamiento social. Las citas para la presentación de los títulos se pueden coordinar mediante el correo citasinmatriculaciones_lima@sunarp.gob.pe  y la central telefónica 311-2360 anexo 3476. El procedimiento de citas cumple con todos los protocolos de seguridad y salud para evitar el contagio del Covid-19, por lo que los trabajadores y usuarios pueden realizar sus trámites de manera segura.

Respecto a la entrega de Tarjetas de Identificación Vehicular (TIV), producto de la inscripción de títulos de inmatriculación vehicular, también podrán ser recogidas en la oficina de Bienes Muebles de la Sunarp previa cita a través del correo electrónico anteriormente señalado.

¿Qué es la inmatriculación?

Se denomina inmatriculación a la primera inscripción de un vehículo en los Registros Públicos, la misma que comprende la matrícula del vehículo y la primera inscripción del derecho de propiedad.

Para realizar el mencionado acto, el interesado deberá presentar el formato de inmatriculación electrónica aprobado por la Sunarp (descargable a través de la página web institucional), debidamente llenado e impreso, con la firma certificada notarialmente del propietario, o de ser el caso, de su representante o apoderado debidamente autorizado.

El formulario de inmatriculación contendrá la declaración de los datos del titular, así como las características registrales del vehículo, incluido el tipo de uso del mismo.

Solo se inscriben e incorporan al Registro de Propiedad Vehicular aquellos vehículos destinados a circular por el Sistema Nacional de Transporte Terrestre (SNTT), por lo que las maquinarias agrícolas, de minería, vehículos de competencia, vehículos areneros o tubulares y casi la generalidad de cuatrimotos, entre otros, no son objeto de inmatriculación vehicular.

Fuente: Sunarp, Oficina General de Comunicaciones

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