La norma, vigente ahora hasta diciembre de 2025, ha movilizado más de S/ 223 millones de inversión en l+D+i desde la empresa privada, a cambio de deducciones tributarias, desde su promulgación en 2016.
La Ley N° 30309 se amplió hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia de la norma, que desde su promulgación en 2015 otorga beneficios tributarios a empresas privadas a cambio de inversiones en ciencia, tecnología e innovación. La misma permite deducir en la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta el total de gastos en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i) asociados al desarrollo de un proyecto; más un porcentaje adicional.
Se trata de proyectos de I+D+i capaces de impactar positivamente en la productividad y competitividad de las empresas que los desarrollen. Estos proyectos son evaluados por un conjunto de expertos anónimos convocados por el Concytec, Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, institución que informa oportunamente sobre los avances de los proyectos aprobados a la Sunat, para los fines tributarios pertinentes.
La norma determina que los proyectos que se acojan a esta deducción y que se sigan ejecutando posteriormente al 31 de diciembre del 2025, continúan teniendo este beneficio hasta el 31 de diciembre del 2027.
La ampliación de la Ley 30309, según el Concytec ha incluido mejoras en tal sentido, como se muestra a continuación:
a. Incremento del monto deducible
Se elevó el porcentaje del gasto deducible adicional para que las empresas tengan mayor beneficio tributario, poniendo especial énfasis para las empresas que ingresos menores a 2300 UIT:
Al igual que en el D.U. 010-2019, si bien la naturaleza del incentivo tributario materia de la Ley N° 30309 está dirigido a todas las empresas que deseen invertir en proyectos de I+D+i, se ha priorizado como beneficio tributario una super deducción adicional al Impuesto a la Renta, a fin de que sea utilizado con mayor incidencia por contribuyentes con ingresos anuales menores a 2 300 UIT o S/ 11 385 000 (micro, pequeña y mediana empresa).
De tal forma el Perú se posiciona como uno de los países con mayores beneficios tributarios a las empresas para desarrollar l+D+i
b Eliminación del monto máximo total deducible de empresas que usan el beneficio tributario
A través de la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31659, se derogó el segundo párrafo del artículo 6° de la Ley N° 30309, que establecía un tope anual para el monto que en conjunto las empresas de todo el país podían deducir, anualmente, en Impuesto a la Renta en el marco de la Ley 30309, bajo la modalidad de deducción o beneficio tributario adicional.
Queda vigente únicamente el límite del máximo para deducción adicional anual por empresa, ascendente a 500 UIT, que será consignado en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
Criterios para la evaluación de impacto
Asimismo, se incorporan indicadores para la evaluación del impacto de la deducción adicional establecido por la Ley N° 30309. Esta tarea está a cargo del Concytec, en base a la información que publique la SUNAT, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto de Urgencia 010-2019.
Desde 2016 hasta diciembre del 2022, de los 351 proyectos presentados por empresas para ser evaluados por el Concytec, 136 han sido procedentes (39%). Asimismo, en el periodo 2020 – 2022 ha subido la ratio de aprobación en relación a los años anteriores, incluso pese a la pandemia.
En detalle, los montos de proyectos aprobados a micro y pequeñas empresas sumaron más de 8 millones de soles (y supusieron un Monto Máximo Total Anual Deducible de más de 184 millones de soles, mientras que para la media y gran empresa estas cifras ascendieron a S/ 215 millones y S/ 1000 millones, respectivamente.
En el marco de esta ley, durante el periodo 2016 al 2020 el Estado redujo en S/ 14,7 millones su recaudación del Impuesto a la Renta, pero logró más de S/ 223 millones de inversión en l+D+i. Asimismo, la norma ha sido reconocida como una buena práctica en Gestión Pública 2020 por parte de la organización Ciudadanos al Día.
La mayoría de solicitudes de proyectos que fueron declaradas procedentes corresponden a la categoría de innovación tecnológica (49%), mientras que los proyectos de investigación científica fueron el 21% y los de desarrollo tecnológico, 30%.
Fuente: Concytec, Oficina de Comunicaciones y Proyección de CTI