El artículo 2, inciso 18 de la Constitución Política del Perú, a letra dice: Toda persona tiene derecho a mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas o de cualquiera otra índole, así como a guardar el secreto profesional (esto alcanza desde luego a los periodistas). Respecto al secreto profesional de periodistas también se refiere … Sigue leyendo