El ex presidente de Perú, Martín Vizcarra Cornejo, salió del penal Barbadillo, la tarde del jueves 4 de setiembre 2025, por apelación de su defensa presentó el 29 de agosto ante el Poder Judicial, que dispuso su excarcelación que se sustentaba en peligro de fuga y que previamente había ordenado cinco meses de prisión.
Vizcarra es procesado por haber aceptado pagos ilícitos »sobornos» de constructoras relacionados con los megaproyectos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua. durante su gestión como gobernador de esa región, entre 2011 y 2014. El término técnico es delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
Los jueces de la Tercera Sala Penal Nacional de Apelaciones manifestaron que los argumentos que Vizcarra representaba un riesgo de fuga, falta de arraigos familiar, conyugal y laboral de la Fiscalía no fueron consistentes, motivo por el cual ordenaron su excarcelación, y que se cumpliese la medida de comparecencia con restricciones otorgada anteriormente. Así señalaron «siempre y cuando no medie en su contra otro mandato de prisión preventiva vigente, dictado por autoridad competente».
La resolución judicial, fue emitida por los magistrados Enríquez Sumerinde, Magallanes Rodríguez y Javiel Valverde, declara fundado en parte el recurso de apelación presentado por la defensa de Vizcarra contra la Resolución N.° 11 del 13 de agosto de 2025, que ordenó cinco meses de prisión preventiva contra el ex presidente.
Consultado sobre esta revocatoria de magistrados del Poder Judicial, el fiscal Rafael Vela Barba, señaló que las modificaciones legislativas aprobadas por el Congreso a fines de 2024 limitan las medidas restrictivas, las mismas que ahora dejan a Vizcarra con una comparecencia simple sin restricciones.
Parte del problema, en su opinión se debe a cambios normativos que eliminaron medidas intermedias entre la comparecencia simple y la prisión preventiva. “Lamentablemente, las modificaciones de la ley nos llevan a absolutos, o no tienes ninguna restricción, o podrías tener una máxima”, es decir la imposibilidad de imponer restricciones mínimas que podrían haber reducido el riesgo de fuga.
*Antecedentes de peligro de fuga: que se concretaron: esposa del ex presidente Ollanta Humala, Nadine Heredia, condenada a 15 años de prisión por lavado de activos, obtuvo asilo diplomático en Brasil en abril de 2025 y el gobierno peruano le brindó el salvoconducto. En el caso de Jorge Cuba, exviceministro de Transportes y Comunicaciones, salió del país por la frontera con Ecuador días antes de su sentencia por el Caso Metro de Lima, por el que fue condenado a 21 años y 8 meses de prisión.
El portal Pasión por Derecho publicó la Resolución: Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NACIONAL
Expediente : 00033-2020-46-5001-JR-PE-01
Jueces superiores : Enríquez Sumerinde / Magallanes Rodríguez / Javiel Valverde
Ministerio Público : Tercera Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios
Procesados : Martín Alberto Vizcarra Cornejo
Delito : Cohecho pasivo propio
Agraviado : El Estado
Especialista judicial : Derly Marilin Tayo Salazar
Materia : Apelación sobre prisión preventiva
Resolución N.º 07
Lima, dos mil veinticinco, septiembre dos. –
VISTO: En audiencia pública, el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Martín Alberto Vizcarra Cornejo contra la Resolución N.º 11 del 13 de agosto de 2025, en el proceso penal que se sigue en su contra por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio, en agravio del Estado. OÍDOS: Los argumentos de la defensa técnica de los recurrentes, así como los de la fiscalía superior. Interviene como ponente la jueza superior MAGALLANES RODRÍGUEZ.
Abogado Ángel Delgado: “Martín Vizcarra podría salir del país cuando vea que la sentencia está cerca”
Abogados penalistas analizan decisión judicial: En el análisis del abogado Martín Padilla. entre otros temas no queda claro que tenga arraigo laboral. »Cuando un caso esté en juzgamiento, quien debe determinar las medidas de coersión es el juez de juzgamiento porque es el que tiene la competencia». en ese sentido, discrepa con la sala, que afirma que la puede hacer o el juez de investigación preparatoria, así sería contradictorio el caso del ex presidente Castillo, preso preventivamente por haber dado el golpe de Estado. En opinión del abogado Julio Rodriguez, considera que es una medida correcta porque no hubo sustento objetivo de peligro de fuga, que no exime que existan pruebas contundentes para que Martín Vizcarra Cornejo tenga una sentencia con prisión efectiva. En otro momento, expresó que Fiscalía no ha sido lo »suficientemente célere» para llevar a Vizcarra a juicio y por eso la Corte Superior le ha dado “un jalón de orejas” a la Fiscalía.
Artículo sobre su mandato de detención: Ex Presidente de Perú, Martín Vizcarra, es uno de los cinco mandatarios que se suma a la prisión por actos de corrupción. Primera Audiencia desde Penal Barbadillo